El Ministerio de Sanidad, a través de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, que dirige César Hernández, la Asociación para el Autocuidado de la Salud (anefp) y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL), acordaron en diciembre prorrogar durante cuatro años más su convenio de colaboración sobre la publicidad de medicamentos de uso humano dirigida al público, que se suscribió en marzo de 2021.
En este sentido, la cláusula sexta del citado convenio establece que el mismo tendrá un plazo de vigencia de cuatro años y que, "en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto anteriormente, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales". Tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), el convenio se publicó el 7 de abril de 2021, sus efectos se iniciaron el 29 de marzo de 2021 con la inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) y concluirán el 28 de marzo de 2025.
Jaume Pey, director general de anefp, explica a El GlobalFarma que "la renovación de este convenio de colaboración supone el aval del Ministerio de Sanidad a todo el trabajo que anefp viene realizando desde 2013 con el proceso Sello anefp para la publicidad de medicamentos de autocuidado, reconociendo su fiabilidad y robustez". Por tanto, admite que tener este aval de Sanidad "nos anima a continuar en esta línea que hemos trazado y que tiene como objetivo una publicidad responsable, adecuada y de calidad, que facilite al consumidor toda la información necesaria para el uso responsable del medicamento".
"Desde la puesta en marcha del proceso Sello anefp, en agosto del 2013, se han otorgado un total de 10.102 sellos anefp a anuncios de medicamentos de autocuidado", insiste Pey. Durante el periodo de prórroga del convenio, el ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones. De acuerdo con la cláusula cuarta del convenio, cada parte realizará las actuaciones previstas en el convenio con sus propios medios, sin que de la adenda se deriven gastos adicionales ni contraprestación económica entre las partes.
"Próxima a concluir la vigencia del convenio y dado que la colaboración instrumentada mediante dicho acuerdo ha funcionado correctamente y que se mantienen las circunstancias que dieron lugar a su firma, las partes consideran la conveniencia y necesidad de prorrogar la vigencia del mismo para asegurar que los mensajes publicitarios que se emitan sobre medicamentos de uso humano dirigidos al público, cumplan con todas y cada una de las condiciones impuestas por el ordenamiento jurídico en esta materia, sin perjuicio obviamente del ejercicio de las competencias administrativas que puedan corresponder", recoge el BOE.
Durante el encuentro anual de anefp con los medios de comunicación, Pey mencionó que en materia legislativa “nos encontramos próximos a una reforma de la Ley del Medicamento, en la cual depositamos grandes expectativas, ya que debe abordar asuntos de relevancia prioritaria, y del Real Decreto sobre Publicidad de Productos Sanitarios”. En este aspecto, el sector considera fundamental que los medicamentos sin receta sean reconocidos como medicamentos de autocuidado, del mismo modo que ve como una prioridad poner en valor los sistemas de autorregulación, subrayando que “la aspiración de anefp es contar con un sistema de autorregulación para productos sanitarios tan sólido como el que ya existe para medicamentos”.
Código Deontológico
Anefp, consciente de la importancia de que las compañías farmacéuticas desarrollen una actividad promocional responsable, y sabiendo de sus obligaciones ante los consumidores, dispone de un Código de Normas Deontológicas. "En él se establecen unos principios que sirven de guía para asegurar que las actividades de promoción, dirigidas al público en general, de los productos representados por la Asociación, sean lícitas y veraces", recoge anefp.
En él, "las compañías que pertenezcan, directamente o mediante su integración en un grupo, a otras asociaciones o sistemas de autorregulación, cuyos fines u objetivos coincidan con alguno de los fines previstos en los Estatutos de anefp estarán obligadas en todo caso a respetar las disposiciones del presente Código, aun cuando pudieran entrar en conflicto con las correspondientes a otros sistemas de autorregulación que pudieran resultar aplicables".
En el caso de la publicidad dirigida al público de productos sanitarios de autocuidado, anefp ofrece a las compañías comercializadoras de estos productos, independientemente de su pertenencia o no a la asociación, "la posibilidad de evaluar sus proyectos publicitarios, de forma voluntaria y con carácter previo a la presentación de las solicitudes de concesión del Control Previo Sanitario por las autoridades sanitarias competentes de las comunidades autónomas".