Los ayuntamientos dejarán de tener competencias en materia sanitaria (entre otras), si prolifera en sus términos actuales la reforma de la Ley de Bases de Régimen Local, según informa Europa Press. La idea del Gobierno es que evitar duplicidades y separar claramente la línea competencial entre ayuntamientos y comunidades autónomas, de manera que los primeros se centren en competencias de urbanismo, asistencia social primaria o abastecimiento de agua. En su esfuerzo por evitar solapamientos entre administraciones, el Gobierno pretende reformar la ley de manera que se prevea la posibilidad de interponer un recurso al Tribunal Constitucional se se incumple la separación de competencias y se cometen duplicidades.
Las competencias sanitarias de las comunidades autónomas tienen su base en dos textos, fundamentalmente. El primero, el artículo 28 de la Ley de Bases, que contempla que los ayuntamientos pudieran realizar “actividades complementarias de las propias de otras administraciones” en materias como la sanitaria, entre otras.
Por otro lado, el artículo 42 de la Ley General de Sanidad dispone que los Ayuntamientos, sin perjuicio de las competencias de las demás Administraciones Públicas, tendrán en asuntos relacionados con la sanidad responsabilidades mínimas en: control sanitario del medio ambiente; contaminación atmosférica, abastecimiento de aguas, saneamiento de aguas residuales, residuos urbanos e industriales; control sanitario de industrias, actividades y servicios, transportes, ruidos y vibraciones; control sanitario de edificios y lugares de vivienda y convivencia humana, especialmente de los centros de alimentación, peluquerías, saunas y centros de higiene personal, hoteles y centros residenciales, escuelas, campamentos turísticos y áreas de actividad físico deportivas y de recreo; control sanitario de la distribución y suministro de alimentos perecederos, bebidas y demás productos, directa o indirectamente relacionados con el uso o consumo humanos, así como los medios de su transporte y control sanitario de los cementerios y policía sanitaria mortuoria.