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El SNS establecerá convenios con quienes no reúnan la condición de asegurados ni beneficiarios

El Ministerio de Sanidad ha remitido un documento a las comunidades para trabajar en el desarrollo del Real Decreto que regula la condición de asegurado y beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria.

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| martes, 07 de agosto de 2012 h |

El Ministerio de Sanidad ha remitido un documento a las comunidades autónomas, sobre el que podrán realizar alegaciones, para trabajar en el desarrollo del Real Decreto que regula la condición de asegurado y beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, una norma, publicada en el BOE el pasado 4 de agosto, que establece que las personas que no reúnan la condición de asegurado o beneficiario del sistema podrán formalizar convenios especiales de asistencia sanitaria. En este sentido, desde el ministerio se precisó que se estudian acuerdos con las comunidades autónomas dirigidos a distintos colectivos. Entre estos se encontrarían los españoles que nunca hayan trabajado y que tengan ingresos superiores a los 100.000 euros al año; los europeos que voluntariamente quieran suscribir estos convenios para ser atendidos por el sistema sanitario público español; y los nacionales de terceros países que durante su estancia en España, quieran formalizar el convenio para ser atendidos por el sistema público.

Cabe destacar que, según el ministerio, la cuantía de la suscripción de los convenios se ha calculado de acuerdo a la metodología oficial de cálculo de coste de asistencia sanitaria por ciudadanos, que es la misma aplicada a la facturación por la asistencia sanitaria prestada a ciudadanos de otros países europeos.

En cuanto a los inmigrantes en situación irregular, el Gobierno les recuerda la necesidad de que regularicen su situación. En cualquier caso, tal y como establece el Real Decreto-ley 16/2012, todos los ciudadanos tendrán garantizada su asistencia básica: urgencias por enfermedad o accidente, atención al embarazo, parto y postparto y asistencia a menores de 18 años.