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Los farmacéuticos seguirán ejerciendo solo donde estén colegiados

El grupo Popular en el Congreso ha presentado una enmienda al proyecto de Ley de Unidad de Mercado para que las oficinas de farmacia sean uno de los sectores en los que —en contra del espíritu que persigue la norma— una autorización de actividad autonómica no se considere válida para el resto del territorio nacional.

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Redacción / Madrid | martes, 15 de octubre de 2013 h |

El grupo Popular en el Congreso ha presentado una enmienda al proyecto de Ley de Garantía de Unidad de Mercado para que las oficinas de farmacia (entre otros sectores como los servicios de taxi) queden excluidos de esta norma. Ello implica que, de prosperar esta enmienda, como así todo parece indicar, los farmacéuticos sólo podrán seguir ejercer en la provincia en la que se encuentren colegiados, como ocurre en la actualidad. Por tanto, si un profesional cambia su lugar de ejercicio profesional, seguirá siendo condición obligatoria su colegiación en esa nueva provincia.

Cabe recordar que la Ley de Unidad de Mercado permitirá que cualquier servicio profesional prestado al amparo de una normativa autonómica (como puede ser la garantía que supone la colegiación farmacéutica) pueda ser ofertado en el resto del territorio nacional sin necesidad de trámites adicionales. Pero, según el grupo parlamentario popular, con la exclusión de las oficinas de farmacia de esta ley se busca “garantizar y clarificar que dichos servicios continuarán sometidos al actual régimen de autorización y con eficacia nacional limitada”.

Los concursos de nuevas adjudicaciones de oficinas de farmacia son otro buen ejemplo para ilustrar el escenario futuro. Actualmente, cualquier farmacéutico puede participar en estos procesos, independientemente de la región en la que se convoquen e independientemente de la región en la que se encuentre colegiado, sea o no la misma. No obstante, si finalmente un farmacéutico ‘foráneo’ resulta adjudicatario de alguno de los establecimientos, sí deberá cambiar su colegiación como paso previo y obligatorio para ejercer la actividad en dicho lugar. Si la farmacia no hubiese sido excluida —a falta de confirmación— de esta futura Ley de Unidad de Mercado, este trámite hubiese sido, en adelante, innecesario.