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España ‘abre’ sus fronteras para el paso de fármacos a Andorra

La nueva Orden SSI/2375/2014 permite que las exportaciones e importaciones a países del continente europeo no adscritos a la UE —pero con los que existen acuerdos económicos— no sufran controles adicionales.

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A. C. Madrid | lunes, 05 de enero de 2015 h |

Quizá no llegue en el momento más oportuno, tras los últimos casos destapados de exportación ilegal de medicamentos desde España a terceros países, pero el Ministerio de Sanidad ha aprobado la Orden SSi/2375/2014 (que modifica una anterior vigente desde 2011) por la cual se establecen nuevos criterios en el control sanitario en frontera por la inspección farmacéutica. La principal novedad es una menor rigidez en los controles de las exportaciones e importaciones de medicamentos con origen o destino a países del continente europeo no adscritos a la Unión Europea pero con los que existen diversos acuerdos de reconocimiento y tratados económicos, como Andorra, Suiza y Turquía.

Según se expone en la nueva legislación, “se hace preciso eximir de ciertos controles en frontera a las operaciones que tienen lugar con Suiza, Turquía y Andorra”. En el caso del país helvético, la justificación estriba en que “el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo en materia de medicamentos que existe entre la Unión Europea y Suiza, así como el amplio intercambio comercial y la proximidad del territorio permiten un conocimiento e intercambio de información suficientes para eximir de los controles en frontera a las importaciones de medicamentos (...) así como a las exportaciones realizadas, bien por laboratorios farmacéuticos o entidades de distribución”. También se eximen de estos controles a los productos sanitarios.

Principal suministrador

En el caso de los controles a las exportaciones de medicamentos a Andorra, Sanidad ha tenido en cuenta que “las farmacias del Principado se abastecen en gran medida de medicamentos autorizados en España”.

Por ello, la Orden SSI/2375/2014 establece que “también se puede eximir del control sanitario en la exportación en frontera a este país (...) siempre y cuando el destino final de los medicamentos se la dispensación de los mismos en el propio Principado”. El objetivo es “la agilización de los trámites administrativos para facilitar una adecuada continuidad en estos suministros, diarios en muchas ocasiones”. También en virtud de diversos acuerdos existentes, la Orden exime ahora de controles específicos —más allá de los rutinarios que pueden realizar las autoridades aduaneras con cualquier mercancía, sea cual sea su procedencia— a las exportaciones e importaciones de Noruega, Irlanda y Liechtenstein.