La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ya ha habilitado el sitio web correspondiente desde donde los farmacéuticos pueden solicitar la acreditación para comenzar a vender fármacos publicitarios a través de internet. De este modo, desde http://www.distafarma.aemps.es/ , las farmacias podrán iniciar sus comunicaciones, que deben realizar 15 días antes del inicio de la actividad, tal y como se muestra en el Real Decreto de venta online. Así, y tal como confirma la agencia, “los listados públicos empezarán a poblarse a mediados del mes de julio”.
Durante el último mes, la Agencia Española de Medicamentos (Aemps) firmó con todas y cada una de las comunidades autónomas una serie de convenios de cesión de uso y sublicencia para los logotipos que identificarán a las farmacias autorizadas para la venta online de modo que los usuarios puedan asegurarse de que están accediendo a las farmacias legales. Este era el paso previo para la puesta en marcha de la citada aplicación para comenzar con los registros.
La aplicación gestionará de forma telemática las comunicaciones de las farmacias que quieran llevar cabo la venta online de medicamentos sin receta, su gestión y publicación. La comunidad autónoma, tras la revisión de la información y documentos aportados por la farmacia, acepta, si procede, el desarrollo de la actividad y le proporcionará el logotipo europeo a la farmacia para que figure en su web.
Desde algunos colegios de farmacéuticos, como es el caso del COF de Barcelona, ya han hecho llegar una circular donde explican los pasos a seguir para iniciar la venta online, así como los requisitos que recoge el Real Decreto de venta online.