Entre polvorones, belenes, árboles, luces y decoración navideña, las oficinas de farmacia se preparan para despedir el año y comenzar uno nuevo. Los propósitos pueden ser más servicios, nuevas categorías u otras promociones. Sin embargo, como saben los titulares de farmacia, además de deseos, detrás del mostrador también se acumulan pedidos, albaranes, facturas y recetas.
Esta es la mejor muestra de que, además del año, las oficinas de farmacia también tienen que cerrar el ejercicio fiscal. Hasta que llegue el momento de declarar el IRPF o el Impuesto de Sociedades, los titulares de una botica pueden ir tomando nota de algunas ‘recetas’ que podrían aligerar la factura fiscal de 2015. Con el fin de año, las asesorías especializadas en farmacias recomiendan algunas medidas.
Para Alejandro Briales, director de Asefarma, la rebaja de la factura fiscal antes de finalizar el ejercicio es compleja. la Declaración del IRPF de 2015 será probablemente más gravosa —pese a la rebaja de tipos de la reforma fiscal—, ya que se han eliminado reducciones importantes. Como la reducción del 20 por ciento del rendimiento de la botica por mantenimiento o creación de empleo, que se permitió hasta 2014.
Deducción por inversión
Según la ley, existe la posibilidad de aplicar la deducción por inversión de beneficios. Es decir, si con el beneficio obtenido en la farmacia, se invierte en inmovilizados como un TPV, un mueble, un mostrador, una cruz, un expositor; el farmacéutico puede tener una deducción de cuota de hasta el 10 por ciento. Hay que tener en cuenta que estos elementos deben funcionar en un plazo mínimo de cinco años, o durante su vida útil si fuera inferior a ese tiempo.
Con ello, se pretende favorecer a las empresas (farmacias) que destinen parte o todo su beneficio generado a adquirir “elementos nuevos” según explica el economista Juan Antonio Sánchez, asesor de Aspime. Esta deducción fue aprobada en la Ley de Emprendedores de 2013, y posteriormente la Reforma fiscal aprobada en 2015 la derogó.
Lo destacable de esta medida es que, como también está vigente en 2014, el farmacéutico podía invertir ese año, y también puede hacerlo a lo largo de los dos años posteriores al momento en que se obtiene el beneficio.
De este modo, los farmacéuticos todavía están a tiempo de invertir en lo que queda de 2015 y durante todo el 2016. Como explica Sánchez de Aspime, todavía existe la posibilidad de aplicar en el IRPF de 2015, los beneficios de 2013 y 2014 si estos se han destinado a inversiones nuevas en la farmacia.
Como además en 2015 ya no hay reducción del 20 por ciento, la deducción en cuota es del 10 por ciento de la inversión. Es decir, el titular de la oficina de farmacia se ahorra el 10 por ciento de todo lo que ha invertido en mejorar su propio establecimiento.
Aplicación de la deducción por inversión de beneficio: el 10 por ciento
Si la farmacia tiene un beneficio en 2013 de: 65.345 € y un beneficio en 2014 de: 62.987€
La base posible de deducción por Inversión sería: 128.332€
Caso 1) Inversión en diciembre 2.015 en un robot: 120.000€
Podría deducirse en la cuota del IRPF de 2015 el 10%, que serían: 12.000€ .
Caso 2) Inversión en octubre 2014 en una cruz luminosa: 6.000€. Además realiza otra inversión enero de 2016 en una reforma por valor de 105.000€ (NO INCLUIBLE)
Podría deducirse de la cuota del IRPF 2014: 600€ (si no aplicó el 20% de reducción por empleo) ó 300€ (si lo aplicó tiene el 5%); y de la cuota del IRPF de 2016: 6.299€ (solo incluye hasta 2015)