Tomás Martínez de Anca
Presidente del Consejo autonómico de COF manchegos
a.c.
Toledo
Diversos representantes del Consejo autonómico de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Castilla-La Mancha (Cofcam), con su presidente Tomás Martínez de Anca, a la cabeza, mantuvieron el pasado 12 de marzo un encuentro con José Luis López, director general de Ordenación y Evaluación de la Consejería de Salud de esta región. ¿El motivo? Iniciar los contactos para una posible reforma del decreto autonómico de horarios, guardias y vacaciones de las oficinas de farmacia manchegas y, de manera especial, que dichas modificaciones “humanicen” la prestación de estos servicios en aquellos municipios de escasa población o de especiales particularidades geográficas. “No puede ser que a una farmacia rural se le obligue a realizar guardias prácticamente los 365 días del año y que en todo ese tiempo no llegue a realizar ni media docena de servicios”, justifica la necesidad de este cambio Martínez de Anca.
Pregunta. ¿Considera absolutamente necesaria la reforma de los criterios que rigen las guardias?
Respuesta. Para el colectivo rural esa reforma es fundamental, y sobre ello giran nuestras propuestas. Deseamos que las farmacias rurales no tengan que soportar una carga superior de guardias por el mero hecho de encontrarse en zonas donde no exista otro establecimiento o donde el número de boticas en su zona sanitaria también sea escaso. No pedimos que se les libere de estos servicios, sino que se adapten a la necesidad real.
P. ¿Es fácil dar con la tecla?
R. Castilla-La Mancha es una región muy variopinta, por lo que se revela complicado encontrar una norma común efectiva para todos los casos. En general, el exceso de guardias es muy negativo para la farmacia rural, pero hay zonas en las que los servicios de guardia se hacen ridículos, con sólo tres o cuatro avisos en todo el año. Hay que compensar de alguna manera esa excesiva carga de trabajo que tiene este tipo de farmacias.
P. En Castilla-La Mancha ya existen las guardias rurales localizadas: el farmacéutico no debe estar presente en el local, pero sí presentarse en un tiempo máximo ante un aviso. ¿No es suficiente?
R. El tiempo máximo para acudir ante un aviso está fijado en 20 minutos. En este sentido, también son posibles las mejoras. Por ejemplo, que se equipare el tiempo máximo de desplazamiento para atender una guardia al que tienen los médicos para acudir a los avisos a esa misma zona o municipio, el cual es sensiblemente superior.
P. ¿En consciente la consejería de este problema de las boticas rurales con el exceso de guardias?
R. Está de acuerdo en abordar esta problemática y a dar con una solución. Ahora bien, nos ha pedido que se haga un pormenorizado análisis de la situación real y se tengan en cuenta particularidades. Por ello, nos hemos comprometido a elaborar un estudio sobre la rentabilidad y viabilidad de estas boticas, semejante al que se ha realizado en Castilla y León, y, a partir de sus resultados, realizar las reivindicaciones oportunas.
P. Al menos, que sea sensible a estos problemas es un primer paso, ¿no?
R. En esta región siempre ha habido buena sintonía para flexibilizar el trabajo del colectivo rural, como en el caso del disfrute de sus vacaciones, de las sustituciones entre profesionales de pueblos colindantes... Siempre se han respetado los posibles acuerdos particulares que entre farmacias rurales próximas puedan producirse para conciliar vida laboral y privada sin perjudicar el servicio a la población.
P. Son muchos los profesionales que denuncian que desde un despacho no se puede tener conocimiento de su problemática. ¿Está de acuerdo?
R. Es cierto que aquellas decisiones tomadas desde un despacho pueden no responder a la situación real. Pero tampoco hay que olvidar que la Administración también recibe presiones de los alcaldes de los pueblos pequeños, que desean tener a toda costa una farmacia en el municipio sin que importe la escasa o nula rentabilidad que le supone su ubicación al posterior regente.
P. La reforma de este decreto también puede acabar con la idiosincracia en los horarios de apertura, ¿no es así?
R. Este punto también afecta a las farmacias urbanas. A día de hoy, las farmacias castellanomanchegas trabajan con el horario que desean, sin límites mínimos ni máximos. El único requisito es que deben comprometerse a mantener el horario elegido al menos durante un año. Esta libertad provoca un panorama variopinto que confunde a la población. Queremos unificar horarios.
P. ¿Los habituales en otras regiones?
R. Sí. Las intenciones pasan por establecer módulos horarios de apertura al público de 9, 12 ó 24 horas.
P. Además, la regulación de horarios acaba de ser amparada por el Tribunal de Luxemburgo (ver EG núm. 466). ¿Se tuvo en cuenta que, en este campo, ya se pisa sobre seguro?
R. La sentencia salió un día antes de nuestra reunión y, evidentemente, hubo referencias. Supongo que la consejería es sabedora que ahora la legalidad le ampara.
P. Mas allá de guardias y horarios, ¿hubo tiempo para otros asuntos en este encuentro?
R. También se debatió sobre el abastecimiento de fármacos a centros sociosanitarios y la necesidad de retomar la elaboración de un decreto que lo regule.
P. ¿Propuestas al respecto?
R. Tras ser denunciado por la Comisión Nacional de Competencia el sistema de turnos rotatorios entre farmacias, y a pesar de haber presentado un recurso contra esta decisión, ya propusimos oficialmente un cambio: que las residencias cuenten con depósitos de medicamentos, atendidos bien por una botica o por un servicio de Farmacia de un hospital. Pero que, sea quien sea, se comprometa a realizar otros protocolos con esos pacientes.
P. ¿Ya han obtenido respuesta?
R. Creíamos que tendríamos la respuesta en esta reunión, pero no ha sido así. Esperamos contar con ella en uno o dos meses, para no demorar en exceso el nuevo decreto que debe regularlo.
P. No parece que la consejería tenga motivos para rechazar esta idea conciliadora.
R. No nos oponemos ni a que los hospitales sean suministradores ni a un posible modelo mixto. Lo que sí queremos es que las exigencias sean comunes para ambas partes.