Las sociedades creadas para la venta de productos de parafarmacia a través de Internet se encontrarán con diferentes barreras a la hora de afrontar la venta de medicamentos sin receta. El Real Decreto de venta online establece que el dominio tiene que ser propiedad de la farmacia física. Aquí, se presentan dos escenarios: “O deshacen la sociedad para que la página pase a ser propiedad de la farmacia o crean otra página para la venta de OTCs y ‘redireccionan’ desde la web de parafarmacia de la sociedad”, explica Isabel Marín, abogada y autora la web www.farmaciayderecho.com.
En este segundo supuesto, se plantean barreras también en el pago. “Si hay dos páginas web, una de farmacia para medicamentos y otra de parafarmacia, y se compra en ambas un producto puede haber dos posibilidades: un único carrito de compra o dos carritos”, manifiesta Marín. En el caso del carrito único, dice, “el comprador pagará una vez pero el sistema ordinario de pago a través de pasarela segura debe ser más complejo ya que el pago de los medicamentos del carrito debe ir directamente a la farmacia y los productos de parafarmacia a la empresa que explota la parafarmacia”. Sin embargo, tal y como apunta, “se trata de una operación compleja que pocas farmacias podrán realizar de forma ordinaria”.
Por el contrario, señala, si son dos carritos de compra “el cliente deberá pasar dos veces su tarjeta y esto lo que hará será desincentivar la venta”. También se plantean dificultades en el envío de los pedidos. Según el artículo 4 del real decreto, antes del inicio de la actividad la farmacia debe comunicar a las autoridades competentes de la comunidad autónoma donde esté ubicada información sobre los procedimientos de envío de los medicamentos al público. Aquí, Marín plantea varias cuestiones: “¿Será posible incluir en este envío otros productos que no sean medicamentos, aunque la venta se haya producido en dos páginas web, una de la farmacia y otra de la parafarmacia?, ¿quedarán sometidos a iguales garantías y normativa que las previstas para los medicamentos el real decreto?”.
Para Marín, si se cierra la posibilidad de vender parafarmacia o servicios junto con el medicamento a través de la web “el modelo está muerto antes de nacer, ya que la exclusiva venta del medicamento no es por sí mismo negocio teniendo en cuenta las limitaciones establecidas en la norma”. En este sentido, considera que “las reglas deben quedar claras porque la inversión de la farmacia en el desarrollo de una página web es alta”.