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Los expertos no entienden no extender a los productos sanitarios la eliminación del CPS

Durante el XIII curso de Derecho Farmacéutico se abordó la eliminación del Control Previo Sanitario y sus límites

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el global Madrid | viernes, 24 de octubre de 2014 h |

La eliminación del Control Previo Sanitario (CPS) ha supuesto un paso muy importante para el sector del autocuidado en España. No obstante, este paso sólo afecta a los medicamentos publicitarios y no a los productos sanitarios, tal y como se apuntó durante la mesa redonda ‘Promoción u publicidad de medicamentos. Transparencia y responsabilidad’, celebrada en el marco del XIII curso de Derecho Farmacéutico, organizado por el Centro de Estudios para el Fomento de la Investigación.

Aquí, Juan Suárez, abogado socio de Faus & Moliner Abogados, destacó la “valentía” mostrada por el Gobierno a la hora de dar el paso de eliminar el Control Previo Sanitario (CPS). De hecho, España, apuntó, era de los pocos países del entorno europeo que continuaba manteniendo un control previo a la publicidad de medicamentos sin receta. Además, desde el propio Gobierno central se argumentaba que este control suponía “una carga administrativa innecesaria para el Ministerio de Sanidad” en estos momentos.

Sin embargo, lamentó que la norma no se extendiese a los productos sanitarios. Una extensión que no se pudo producir ante la derogación del apartado 2 del artículo 102 de la Ley 14/1986 General de Sanidad, tras la aprobación de la Ley General del Medicamento. Mientras el artículo 102 se refería la publicidad tanto de medicamentos sin receta como de productos sanitarios, el nuevo artículo 78 de la Ley de Garantías menciona solo a los medicamentos sin receta, situando a los productos sanitarios en una especie de vacío legal.

“La propia Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios emitió una nota informativa sobre este cambio instando a su aclaración”, apuntó Suárez. Para tratar de llenar el vacío, el PP presentó una enmienda a la Ley General del Consumidor para someter a visado previo la publicidad de los productos sanitarios.

Sello Anefp

Durante su exposición, Suárez insistió en apuntar el beneficio aportado por el nuevo sello de garantía Anefp. Este sello de la Asociación para el Autocuidado de la Salud, es otorgado como aval de publicidad responsable tras el análisis del proyecto por parte de un comité técnico de Autorregulación, en el que participa también la administración sanitaria.

Según la última memoria anual de la patronal del autocuidado, correspondiente a 2013, se analizaron 430 proyectos recibidos desde septiembre, de los cuáles 353 recibieron el sello Anefp, es decir, un 82 por ciento.