El anteproyecto de Ley de los Medicamentos (APL) contempla la actualización de la Disposición Adicional Sexta para ampliar el alcance de los ámbitos de las ventas de medicamentos dispensados, incluyendo todos los ámbitos de comercialización de medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS), y la revisión del porcentaje de aportación como consecuencia de la ampliación de dicha base y de los criterios de minoración recogidos en PROFARMA o cualquier otro programa.
En las alegaciones a la norma presentadas por Farmaindustria, a las que ha tenido acceso El GlobalFarma, la patronal de la industria farmacéutica española plantea al Ministerio de Sanidad la posibilidad de introducir cambios en el actual sistema de aportaciones por volumen de ventas, proponiendo dos alternativas: una reducción de la tasa o, en su defecto, un aumento en las deducciones del programa Profarma.
La primera opción que pide la patronal consiste en reducir el porcentaje de aportación según el volumen de ventas cuatrimestrales a PVL. En este caso, para compañías con ventas entre 0,00 y 3.000.000,00 euros, la tasa pasaría del 1,5% al 1,0%; mientras que para aquellas con ventas superiores a 3.000.000,01 euros, la aportación se reduciría del 2,0% al 1,5%. Por su parte, la segunda alternativa contempla una mejora en la valoración del programa PROFARMA, incrementando los porcentajes de deducción en función de la calificación obtenida. Así, las compañías calificadas como 'Aceptables' pasarían de un 3% a un 10%, las 'Buenas' de un 11% a un 15%, las 'Muy buenas' de un 16% a un 20%, y las 'Excelentes' de un 25% a un 30%. Las no valoradas se mantendrían sin cambios, con una deducción del 0%.
Además de ello, Farmaindustria solicita definir con mayor precisión el ámbito de las exenciones previstas en el anteproyecto. La propuesta plantea que no solo queden exentos los medicamentos adquiridos en régimen de concurrencia, sino también todos aquellos que, no cumpliendo los requisitos establecidos en la disposición final cuarta del anteproyecto para ser considerados exclusivos, puedan adquirirse conforme al APL mediante un procedimiento negociado sin publicidad con reducción de plazos. "Esto incluye, por ejemplo, los medicamentos protegidos por derechos exclusivos y sin alternativas terapéuticas", señala. El argumento clave es que, "de no ser así, se podría perjudicar a las comunidades autónomas, ya que las compañías no aplicarían todos los descuentos posibles en los precios".
Asimismo, propone que también queden exentos aquellos medicamentos que cuenten con condiciones especiales de financiación que limiten su impacto presupuestario, como techos de gasto o costes máximos por paciente. Por otro lado, subraya que las cantidades a ingresar deben considerarse como una contribución de la industria farmacéutica a la sostenibilidad del sistema sanitario.
En cuanto al uso de los fondos, propone que el destino de las cantidades correspondientes al Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) se determine previa consulta con las patronales afectadas. El resto de los fondos, según esta propuesta, "debería ser gestionado por el Ministerio de Sanidad a propuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, y no por la CDGAE como establece actualmente el APL".
Finalmente, solicita la inclusión de una disposición transitoria cuarta que defina con claridad el momento en que las obligaciones de aportación para las compañías en el mercado hospitalario serán exigibles. "La disposición adicional sexta prevé que el Ministerio de Sanidad determine cómo deben comunicar las empresas el volumen de ventas y el precio real de adquisición, por lo que será necesario fijar un plazo claro desde la entrada en vigor de la norma para su aplicación efectiva", precisa.