La nueva Ley de los Medicamentos habilita a la AEMPS para elaborar un listado de «medicamentos estratégicos»

La normativa reconoce en su artículo 24 que lo hace para "promover medidas regulatorias que ayuden a mantener estos medicamentos en el mercado"

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El anteproyecto de la nueva Ley de los Medicamentos, que Sanidad ha sacado a audiencia pública hasta el 30 de abril, establece cambios en el 'Artículo 24. Garantías de disponibilidad de medicamentos en situaciones específicas y autorizaciones especiales', en comparación con la normativa vigente, también contenida en el mismo artículo.

La principal novedad es que otorga a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) la facultad de elaborar y mantener un listado de medicamentos estratégicos para promover medidas regulatorias que ayuden a mantener estos fármacos en el mercado, "sin perjuicio de otras medidas económicas que se puedan tomar en los ámbitos competenciales correspondientes".

A continuación, establece que el organismo regulador español podrá autorizar la importación de medicamentos no autorizados en España si están legalmente comercializados en otros países. "Esto podrá hacerse si es necesario para el tratamiento de enfermedades específicas y no existen alternativas autorizadas en España o en caso de desabastecimiento", recoge. Este punto, estaba contemplado anteriormente en la ley, pero pone más énfasis en las situaciones de escasez o problemas de suministro.

Asimismo, indica que la AEMPS podrá autorizar temporalmente la distribución de medicamentos no autorizados en situaciones de emergencia (como propagación de patógenos, toxinas o radiación). Este punto también parece una continuación de la normativa previa, aunque subraya que, si la autoridad competente recomienda el uso de estos medicamentos, "los profesionales y titulares de las autorizaciones estarán exentos de responsabilidad, salvo en casos de productos defectuosos".

Por último, menciona que la agencia podrá establecer modalidades de autorización para medicamentos necesarios para necesidades específicas, siempre bajo prescripción médica. Esto también estaba contemplado en la normativa anterior, aunque se refuerza el hecho de que "estas autorizaciones se concederán bajo circunstancias muy particulares y bajo la responsabilidad directa del facultativo".


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