El Ministerio de Sanidad ha publicado la actualización de enero de 2026 del listado de medicamentos sometidos a deducciones en aplicación del Real Decreto-ley 8/2010, una medida que continúa vigente más de quince años después de su implantación y que sigue teniendo un impacto relevante en la financiación de medicamentos dentro del Sistema Nacional de Salud.
Según el documento, la mayoría de las presentaciones incluidas —principalmente soluciones de perfusión, medicamentos de uso hospitalario y tratamientos crónicos— mantiene la deducción general del 15%. No obstante, un número relevante de fármacos de alto impacto clínico y económico continúa aplicando una deducción reducida del 7,5%, mientras que un grupo más limitado de medicamentos se sitúa en el tramo del 4%, el más bajo previsto en la normativa.
Anticoagulantes al 7,5%
Entre las deducciones más significativas destacan las que afectan a los anticoagulantes de mayor uso en España. En concreto, todas las dosis de Xarelto, Eliquis (2,5 mg y 5 mg), Lixiana (30 y 60 mg) y Brilique aplican una deducción del 7,5%, manteniendo la tendencia observada en actualizaciones anteriores.
En contraste, el acenocumarol (Sintrom) continúa sujeto a la deducción general del 15%, conservando su diferencia respecto a los anticoagulantes orales directos.
Vacunas incluidas en calendarios
El listado de enero de 2026 también incluye vacunas relevantes en los calendarios pediátricos y de adultos. En este sentido, Prevenar 13 y Prevenar 20 presentan una deducción del 7,5%, mientras que Synflorix y Meningitec permanecen en el tramo general del 15%.
Psicofármacos y tratamientos crónicos
Medicamentos ampliamente prescritos como Valium, Tegretol, Trileptal, Zolpidem, así como combinaciones analgésicas como Dolocatil con codeína o Neobrufen con codeína, se sitúan en el tramo alto de deducción, con un 15% aplicable. Lo mismo ocurre con las distintas presentaciones de digoxina. Las presentaciones de prednisona de laboratorios como Pensa, Kern Pharma, Cinfa o Tarbis continúan afectadas por la deducción general del 15%, sin ninguna presentación incluida en el tramo reducido.
Soluciones hospitalarias y contrastes iodados
El documento incorpora centenares de soluciones hospitalarias —glucosa en múltiples concentraciones, cloruro de sodio, Ringer lactato, soluciones combinadas y bicarbonato sódico— que aplican mayoritariamente la deducción estándar del 15%. No obstante, algunas formulaciones específicas, como frascos de pequeño volumen, presentaciones “twin head” o soluciones con potasio, cuentan con una deducción del 7,5%.
Asimismo, los contrastes iodados como Omnipaque, Visipaque, Optiray y Xenetix presentan una situación mixta, con algunas presentaciones en el 7,5% y otras en el 15%, en función del formato.
El tramo del 4%, reservado a un grupo reducido de tratamientos
Junto a los tramos del 15% y 7,5%, el listado de enero de 2026 mantiene un grupo reducido de medicamentos con una deducción del 4%, correspondiente a tratamientos con un régimen diferenciado por su alto impacto clínico y bajo volumen de uso, conforme a lo previsto en el Real Decreto-ley 8/2010.