Entre el mostrador y el domicilio: por qué la atención farmacéutica domiciliaria aún «no entra» en los hogares españoles

A día de hoy, existen barreras normativas, económicas, organizativas y competenciales que impiden su expansión nacional

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La combinación de barreras normativas, económicas, organizativas y competenciales ha impedido que la Atención Farmacéutica Domiciliaria (AFD) llegue de forma generalizada a España. En la actualidad, no existe una normativa estatal que la regula, pese a que algunas comunidades autónomas (CCAA) se han embarcado en la "aventura" de impulsar proyectos pilotos propios. A esto se suma que se carece de una fórmula clara de retribución y que la coordinación entre farmacias comunitarias, centros de salud y servicios sociales es relativamente limitada.

Cabe mencionar que, en la actualidad, dos millones de pacientes trascurren a diario por las más de 22.000 farmacias de las que dispone España. Pese a ello, hay un subgrupo poblacional que no pueden acceder por condiciones sociosanitarias, lo que les convierte en candidatos diana de recibir este servicio y poder recibir atención farmacéutica.

Un derecho de los pacientes

Desde la Sociedad Española de Farmacia Clínica, Familiar y Comunitaria (SEFAC) hicieron una pionera propuesta en 2018 sobre el papel del farmacéutico comunitario en esta materia. En ella establecen que "la atención farmacéutica y su prestación a través de los servicios profesionales farmacéuticos asistenciales (SPFA) es un derecho de todos los ciudadanos, por lo que no se debe excluir a aquellos que no pueden desplazarse a una farmacia comunitaria a recibirla". Incidiendo en el marco de actuación, subrayan que la farmacia comunitaria -por su capilaridad, cobertura, disponibilidad y accesibilidad- es un establecimiento sanitario que en coordinación con el resto de servicios sociosanitarios públicos y privados puede prestar los SPFA que la población necesita en el marco de programas de AFD. De hecho, hacen hincapié en que, poniéndola en práctica, "estos SPFA favorecen así la continuidad asistencial".

De entre los objetivos principales que persigue la AFD destacan prevenir la enfermedad y mejorar la salud y la calidad de vida de los pacientes a través de la gestión de la farmacoterapia y los servicios de salud pública, en coordinación con el resto de profesionales sanitarios y sociales. Siguiendo esta línea, insisten en que las competencias profesionales vinculadas a los farmacéuticos comunitarios les "acreditan" para prestar este servicio a la población diana, es decir, a pacientes crónicos polimedicados, dependientes, frágiles y/o terminales. Además, ponen sobre la mesa los requisitos que deben cumplir las farmacias comunitarias que provean AFD. Entre ellos, señalan que deberán estar acreditadas e incluidas en un programa de AD, contar con el suficiente personal facultativo formado capacitado específicamente en los SPFA que se pretenden prestar, así como disponer de las instalaciones y equipamiento específicos durante su horario de apertura, tanto en la propia farmacia como en el domicilio del paciente.

Perioricidad y horarios

Con respecto a la inclusión de pacientes en un programa de AFD y su asignación a una farmacia comunitaria de referencia, mencionan qu debería tener en cuenta la elección del paciente y su nivel de autonomía y dependencia, así como la disponibilidad y formación del cuidador, y establecerse por la entidad proveedora de la asistencia sociosanitaria con conocimiento del médico de familia y regirse por criterios socioeconómicos, sanitarios y de proximidad. Asimismo, inciden en que la prestación de SPFA incluidos en la AFD y su periodicidad variarán en función de las necesidades farmacoterapéuticas del paciente, respetando su intimidad y autonomía. Estos no incluirán la venta de productos ni favorecerán prácticas espurias, matizan.

Aterrizando sobre la periodicidad del servicio y los horarios de prestación de los SPFA, en la propuesta de SEFAC reflejan que la frecuencia de las visitas al domicilio del paciente debería establecerse dependiendo del programa de AFD, del estado del paciente, de la asistencia domiciliaria de la que disponga y los SPFA a prestar. A su vez la periodicidad de los SPFA estará condicionada por la complejidad del paciente y los resultados obtenidos. La periodicidad podría ser semanal, quincenal o como mínimo mensual. Con respecto al horario de prestación de los SPFA, "debería adaptarse al horario de apertura de la farmacia comunitaria incluida en el programa de AFD", aseveran.

Servicios a prestar en el domicilio

Así, SEFAC propone una serie de servicios que deberían ser prestados con una periodicidad como mínimo mensual, aunque en algunos casos se recomienda periodicidad semanal o quincenal. 

Estos servicios serían:

  • Dispensación de medicamentos y productos sanitarios.
  • Revisión de botiquín.
  • Indicación farmacéutica.
  • Provisión de información farmacoterapéutica.
  • Preparación de sistemas personalizados de reacondicionamiento.
  • Revisión del uso de los medicamentos.
  • Asesoramiento nutricional.
  • Seguimiento farmacoterapéutico.
  • Ayuda a la adherencia terapéutica.
  • Educación sanitaria.
  • Formulación de medicamentos individualizados.
  • Conciliación de la medicación.
  • Revisión de la farmacoterapia.
  • Medición y control de la presión arterial.
  • Medición y control del riesgo vascular.
  • Cesación tabáquica.
  • Asesoramiento, abordaje y control de la diabetes.
  • Cribado y abordaje de la EPOC.
  • Abordaje y seguimiento del dolor.
  • Determinación de parámetros antropométricos, fisiológicos y clínicos.
  • Cribados (deterioro cognitivo).

Entrega de medicamentos, tecnologías y complementariedad

Incidiendo en la entrega de los medicamentos dispensados a los pacientes en su domicilio, informan que se realizaría en principio por un cuidador o por el farmacéutico en determinados casos, siempre justificados por su vinculación a un programa de AFD. Además, hacen referencia a que hay ciertos SPFA, que pueden considerarse como básicos, que deberían ser realizados en la primera visita a un paciente incluido en un programa de AFD. Entre ellos, destacan la revisión del botiquín, del uso de los medicamentos y de la farmacoterapia, la revisión de la farmacoterapia, el asesoramiento nutricional, la determinación de parámetros antropométricos, fisiológicos y clínicos y la provisión de información farmacoterapéutica.

También hacen hincapié en que las nuevas tecnologías de la información deben formar parte de la prestación de la AFD para facilitar la comunicación con el paciente, compartir la información con los profesionales y las entidades proveedoras de asistencia sanitaria y mejorar la eficiencia de los procesos asistenciales cumpliendo la normativa en materia de protección de datos. A su vez, inciden en la complementariedad de la AFD. "Es una prestación habitual en otros países sobreenvejecidos que genera una mejora en el uso racional del medicamento y se lleva a cabo de forma complementaria a las que prestan al paciente otros profesionales sanitarios y sociales en su domicilio",explican desde SEFAC.

Retribución y costes

Por lo que respecta a la retribución de la prestación farmacéutica domiciliaria, la propuesta de SEFAC recomienda que sea concertada –indicando las condiciones para la prestación, facturación y forma de pago y cobro- por los colegios profesionales con la Administración sanitaria o los proveedores de asistencia sanitaria. "Dado que las necesidades farmacoterapéuticas de los pacientes pueden ser diferentes en función de los SPFA prestados, cada servicio debe ser retribuido de forma individual", indican. "Por tanto, cada SPF tendría su propio sistema retributivo en función de la concertación suscrita, aunque sería deseable en el sistema sanitario, en aras a garantizar la equidad de los pacientes en su prestación, una uniformidad de precios de los SPFA", añaden.

En cuanto a los costes que supondría la AFD para el SNS, desde SEFAC hacen alusión a un estudio de costes de una experiencia piloto sobre la integración del farmacéutico comunitario en el servicio de atención domiciliaria de atención primaria se concluyó que el coste generado por los pacientes en atención domiciliaria es elevado y que la inclusión de un farmacéutico en el equipo supondría un coste relativamente bajo. Pese a ello, hacen hincapié en que "sería necesario realizar estudios de coste-efectividad de intervenciones multidisciplinares con farmacéutico para evaluar el impacto clínico y la eficiencia de estas intervenciones".

Colaboración entre sanitarios

La asistencia en el domicilio del paciente requiere de la implicacion de varios profesionales sanitarios. De hecho, SEFAC insiste en que esta interdisciplinariedad del equipo de atención domiciliaria "permite abordar la problemática del paciente con una visión holística y a la vez especializada". En este sentido, indican que, para lograr esta colaboración en beneficio del paciente sería necesario que, periódicamente, bajo la organización de la dirección del programa de AFD y dependiendo de la situación del paciente, el farmacéutico comunitario asista a las reuniones del equipo de atención domiciliaria con el fin de coordinarse con el resto de profesionales. "Estas reuniones permitirían que todos los profesionales sanitarios tuvieran un mensaje común hacia el paciente", aseguran. "El respeto a las competencias profesionales propias de cada profesión y sus funciones han de coexistir con las competencias transversales a todos los profesionales sanitarios", añaden.


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