El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles la Resolución de 21 de julio de 2025 por la que se registra y dispone la publicación del Convenio colectivo estatal para el comercio de distribuidores de especialidades y productos farmacéuticos (código 99001115011981).
El acuerdo fue firmado el 24 de marzo de 2025 entre la patronal FEDIFAR y los sindicatos UGT‑Servicios Públicos, CCOO de Industria y FS‑USO, y subsanado el 3 de junio de 2025. Su vigencia abarca de 2024 a 2026, con efectos económicos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
Subidas salariales hasta 2026
El convenio contempla incrementos del 3,4% en 2024 y 2025, y del 3% en 2026.
Según las tablas publicadas en el BOE:
- Grupo 0: pasa de 27.235,61 en 2024 a 29.006,47 euros en 2026.
- Grupo IV: sube de 18.876,36 a 20.103,70 euros en el mismo periodo.
- El Salario Mínimo Garantizado evoluciona de 19.646,41 a 20.923,82 euros.
Jornada y pluses
La jornada máxima anual se fija en 1.760 horas. Asimismo, a partir de enero de 2026, se aplicará un plus de 2,5 euros diarios para quienes trabajen en jornada partida con descanso superior a 1 h 30 min. Por otra parte, el convenio también mantiene 22 días hábiles de vacaciones (mínimo 30 días naturales) y refuerza los permisos de conciliación.
Conciliación y registro horario
El texto incorpora una bolsa de 20 horas retribuidas al año (25 h en familias monoparentales) para consultas médicas propias o acompañamiento de familiares. Además, regula el registro diario de jornada y el derecho a la desconexión digital.
Con esta publicación en el BOE, el convenio queda plenamente oficializado y será de aplicación obligatoria a todas las compañías de distribución mayorista de productos farmacéuticos en España durante los próximos tres años.