«La cesión de medicamentos veterinarios no altera los principios que rigen la dispensación de fármacos en España»

Enrique Granda (FEFE) advierte que la ‘cesión’ no da carta blanca a los veterinarios ni deroga la Ley de Garantías ni el RD 1157/2021 que regulan el circuito legal del medicamento veterinario

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Con la luz verde del Congreso de los Diputados a la creación de la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP), tras un largo recorrido legislativo marcado por discrepancias iniciales y sucesivas negociaciones en el Senado, la cesión de medicamentos veterinarios parece estar un paso más cerca de materializarse, algo que ha despertado las críticas en la Farmacia.

Pese a que el PP quería su supresión, la ‘fuerza’ de los grupos de Gobierno y ERC acordó que el veterinario destine los medicamentos del botiquín a su administración a los animales que estén bajo su cuidado. No obstante, en la disposición final tercera se establece que podrá ceder al titular o responsable del animal los medicamentos necesarios para la continuidad del tratamiento iniciado en casos de que dicha continuidad pudiera verse comprometida, salvo que se trate de medicamentos de aplicación exclusiva por el veterinario.

De esta forma, se especifica que el veterinario podrá ceder durante el acto clínico, al dueño del animal de compañía, el número de unidades de medicamentos comercializados en envases fraccionables necesarios para para completar el tratamiento acompañado del material informativo suficiente.

Enrique Granda, editor del Observatorio del Medicamento de la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), ha afirmado en su comentario editorial relativo al Observatorio del Medicamento de junio que "la aprobación de la enmienda a la Ley de creación de la Agencia de Salud Pública, que introduce el concepto de “cesión” de medicamentos veterinarios, ha sido recibida con entusiasmo por parte del colectivo veterinario". Sin embargo, según Granda, "conviene aclarar que esta modificación no les concede carta blanca ni altera los principios esenciales que rigen la dispensación de medicamentos en nuestro país”.

La farmacia, desde tiempos inmemoriales, -dice el editor- ha sido garante de calidad, seguridad y legalidad en el suministro de fármacos, incluidos los de uso veterinario". A continuación, subraya que "esta tradición, lejos de ser un vestigio del pasado, constituye una barrera de protección frente a prácticas que podrían poner en riesgo la salud pública". Por tanto, considera que "pretender sustituir ese modelo por un sistema de 'dispensación encubierta' en las consultas veterinarias supone desconocer tanto la legislación vigente como el papel profesional de los farmacéuticos".

A continuación, especifica que la llamada 'cesión' no deroga ni la Ley de Garantías ni el Real Decreto 1157/2021, que regulan el circuito legal del medicamento veterinario. "España, a diferencia de otros países de la Unión Europea, cuenta con una normativa específica que define las clínicas veterinarias como centros asistenciales sujetos a registro, inspección y control sanitario, no como establecimientos de venta minorista de medicamentos", asegura Granda. De este modo, advierte que "el intento de convertir en norma lo que hasta ahora solo era una práctica tolerada fuera de los cauces legales es, sencillamente, una interpretación abusiva".

En su comentario editorial también pronuncia que "el argumento de que la cesión fraccionada evitará el desperdicio de medicamentos no puede justificar un modelo que difumina responsabilidades". Granda insiste en que "la dispensación no es solo entregar una caja de comprimidos; implica trazabilidad, control de estupefacientes, farmacovigilancia y asesoramiento profesional". "Esos elementos, que forman parte inseparable de la función farmacéutica, no pueden delegarse sin comprometer la seguridad del sistema", añade.

Desde el enfoque 'One Health', matiza que se defiende "la colaboración entre médicos, farmacéuticos y veterinarios". Sin embargo, considera que "colaboración no significa invasión de competencias ni la imposición de un modelo que, bajo la apariencia de pragmatismo, erosiona las garantías legales". "El entusiasmo de algunos sectores veterinarios ignora un hecho fundamental: esta enmienda, lejos de cerrar el debate, abre una etapa de vigilancia y, en su caso, de impugnación ante los órganos administrativos y judiciales competentes. La cesión veterinaria no puede convertirse en sinónimo de venta libre ni en coartada para consolidar prácticas irregulares”, sostiene Granda.

Por último, Granda subraya que “la profesión farmacéutica seguirá defendiendo su papel, no por interés corporativo, sino porque de ello dependen la seguridad de los tratamientos, el control de resistencias antimicrobianas y el cumplimiento de las normas que protegen la salud pública. La tradición, la ley y la experiencia nos avalan. "No hay victorias definitivas cuando la salud está en juego. Y esta batalla, lejos de haber terminado, no ha hecho más que empezar", concluye.


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