La formación en inteligencia artificial, un paso decisivo para los farmacéuticos

El BOE ha publicado hoy la gestión de la subvención concedida al CGCOF por Red.es para el Programa de Formación en Competencias Digitales

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El Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF) ofrece, desde el pasado mes de octubre, el Programa de Formación en Competencias Digitales, de forma gratuita, para que los farmacéuticos colegiados puedan educarse, de forma accesible y adaptada, en herramientas tan fundamentales actualmente como la inteligencia artificial o el machine learning.

Los objetivos de este programa, según explicó Juan Pedro Rísquez, vicepresidente del Consejo General en una entrevista con este periódico consisten en hacer un recorrido por todas las cuestiones que afectan al ámbito digital “y que hoy en día están muy presentes en todo nuestro entorno. Por eso, existe una parte transversal que afecta a todas las profesiones de hoy en día y otra parte mucho más específica y concreta, dirigida, en nuestro caso, al ámbito de la Farmacia”.

En este sentido, considera que es “una oportunidad buena para que todos los compañeros, mostrando su compromiso, puedan tener unos cursos acreditados y ampliar unos conocimientos en algo que consideramos vital como es la transformación digital que estamos viviendo”.

Hoy, 5 de febrero, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado los detalles de la gestión de la subvención que Red.es concede al CGCOF para gestionar el curso. Como entidad colaboradora en este proyecto, el Consejo General no ha podido ser condenada, en sentencia firme, a perder la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

Por otro lado, según la legislación vigente a la que se refiere el BOE, el CGCOF no puede haber solicitado la declaración de concurso voluntario o declarados insolventes en cualquier procedimiento, “hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio o estar sujetos a intervención judicial”.

Asimismo, entre las obligaciones del Consejo ante la subvención de la formación se encuentran facilitar las comprobaciones “encaminadas a garantizar la correcta realización del proyecto”, y la entidad beneficiaria “estará sometida a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente o cualquier otro organismo en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de la ayuda, a los efectos del seguimiento y control de las actividades financiadas”.

La subvención obliga a mantener una contabilidad separada para todas las transacciones que tengan que ver con el proyecto “o, al menos, contará con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones. Y deberá disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos justificativos en los términos exigidos por la legislación aplicable a la beneficiaria, al menos cinco años desde el momento en que vence el plazo para presentar la justificación”.

Ante la concesión de la ayuda, el CGCOF será responsable de “la fiabilidad y del seguimiento de la ejecución de las actuaciones, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de la actuación”, así como de poner en marcha mecanismos que garanticen que las actuaciones que lleven a cabo terceros “contribuyen al logro de las actuaciones previstas, y que dichos terceros aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores de seguimiento”.


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