¿Qué dice el anteproyecto de la nueva Ley de los Medicamentos sobre la sustitución por el farmacéutico?

Sobre esta cuestión, Jesús Aguilar, presidente del CGCOF, afirma que "los farmacéuticos estaríamos viendo ampliada nuestra capacidad para sustituir medicamentos, pero no queremos hacerlo por un mero motivo económico, sino por razones sanitarias"

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La llegada a todas las farmacias de España del cambio de forma farmacéutica era una de las demandas más sonadas de la profesión. Los farmacéuticos tenían puesta su mirada sobre esta cuestión, dado que consideraban que era "lo lógico" contar con esta competencia como "máximos" conocedores del medicamento. Cabe recordar al respecto que ya, en el mes de enero, Andalucía cogió la delantera y "pasó por la derecha" al Ministerio de Sanidad implementándolo de forma pionera en la comunidad autónoma.

Ahora, con la llegada de la aprobación del anteproyecto de la nueva Ley de los Medicamentos, y tras sacar a audiencia pública el texto, El GlobalFarma ha buceado por el texto, que ya ha visto la luz oficialmente, para indagar sobre qué dice con respecto a la sustitución de fármacos por parte del farmacéutico.

Lo que dice la ley

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En concreto, no es hasta su artículo 100 cuando el texto hace referencia a esta cuestión. "Cuando por causa de desabastecimiento o urgente necesidad no se disponga en las oficinas de farmacia del medicamento prescrito ni de ninguno de los incluidos en su agrupación homogénea formada en base al artículo 101 de esta ley, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), podrá permitir la sustitución por parte del farmacéutico por otro no incluido en la misma agrupación homogénea", indica. "En este caso, la AEMPS informará expresa y públicamente la situación de desabastecimiento, con indicación en cada caso de las opciones autorizadas y el marco temporal de la excepción", añade.

Siguiendo esta línea, el documento expone que, "en todo caso, el farmacéutico informará al paciente sobre la sustitución y sus motivos, y se asegurará de que conozca el tratamiento prescrito por el médico, documentando sus circunstancias de la forma más sencilla y eficaz en la forma que se determine reglamentariamente". A su vez, informa de que "quedarán exceptuados de la posibilidad de sustitución recogida en los apartados anteriores aquellos medicamentos que por razón de sus características determine la AEMPS".

Opinión del CGCOF

En el día de ayer, el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF) se pronunció al respecto y, aunque puso sobre la mesa las consecuencias negativas que traerá consigo su implementación en las farmacias, también valoraron positivamente algunas mejoras que impactan directamente sobre la profesión, como la sustitución por parte del farmacéutico. "Representa un aumento de competencias del farmacéutico y permitirá aliviar la presión de la atención primaria", corroboraron.

Pese a ello, y vinculado al nuevos sistema de precios que quiere impulsar el Gobierno, el presidente de la Organización Farmacéutica Colegial, Jesús Aguilar, subrayó que, con esta norma, "los farmacéuticos estaríamos viendo ampliada nuestra capacidad para sustituir medicamentos, pero no queremos hacerlo por un mero motivo económico, sino por razones sanitarias". "Este nuevo sistema nos pone en el compromiso de sustituir constantemente el medicamento y eso, en personas vulnerables y polimedicados, representa un problema gravísimo, por las confusiones que puede generar al paciente", alertó.


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