El Gobierno desvincula el precio de los medicamentos del IPC

<p>El Consejo de Ministros aprueba el desarrollo reglamentario de la Ley de Desindexación de 2015</p>

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El Global Madrid | viernes, 03 de febrero de 2017 h |

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el desarrollo reglamentario de la Ley de Desindexación, de marzo de 2015, que persigue desvincular del IPC la revisión de precios de bienes y servicios en el ámbito del sector público. Esta Ley, que estaba pendiente de desarrollo reglamentario para su plena aplicación, no tendrá carácter retroactivo y afecta, entre otros, al precio de los fármacos.

Según la información facilitada por Moncloa, determinados precios en los que interviene el sector público, “como billetes de autobús, tren, peajes de autopistas, precios de medicamentos, precios regulados del gas o la electricidad, no podrán indexarse respecto al IPC”. Las modificaciones de estos precios dejarán de ser automáticas en función de la evolución de la inflación y sólo podrán variar cuando haya otras causas que hayan sido previamente justificadas y acreditadas.

La Ley establece como regla general la prohibición de indexar con el objetivo de evitar los denominados “efectos de segunda ronda” y la inercia inflacionista. Ello protege a la actividad económica general de brotes inflacionistas, al impedir que se trasladen entre los distintos sectores de la economía y que cobren carácter permanente. De esta manera, la evolución del precio de estos servicios se hará con respecto al incremento de los costes derivados del propio servicio.