El Gobierno ha dado el primer paso para adaptar la legislación española a la nueva Directiva de Aguas Residuales Urbanas. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha abierto el trámite de consulta pública previa sobre el anteproyecto de ley de transposición de la Directiva (UE) 2024/3019, de 27 de noviembre de 2024, relativa al tratamiento de las aguas residuales urbanas. El trámite estará abierto hasta el 26 de junio de 2026 para que los sujetos y organizaciones potencialmente afectados puedan trasladar sus observaciones al MITECO antes de que se inicie la elaboración del texto normativo.
Según el texto sometido a consulta, la futura norma derogará y sustituirá el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, así como la normativa de desarrollo aprobada por el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo. La directiva europea, que entró en vigor el 1 de enero de 2025, derogará y sustituirá a la anterior normativa comunitaria a partir del 1 de agosto de 2027. Por tanto, se ha establecido que los Estados miembro deberán proceder a su transposición antes del 31 de julio de 2027.
El MITECO señala que "la nueva regulación responde a la necesidad de abordar la contaminación remanente procedente de las aguas residuales urbanas". Entre los aspectos identificados figuran las pequeñas aglomeraciones urbanas, los desbordamientos de colectores durante episodios de lluvia y escorrentía urbana y el funcionamiento de sistemas individuales de saneamiento.
Asimismo, la iniciativa pretende dar respuesta a cuestiones relacionadas con la contaminación por nutrientes, la presencia de microcontaminantes, las emisiones de gases de efecto invernadero, el consumo energético del sector y la gestión de los lodos de depuración. Respecto a los microcontaminantes, la directiva establece un tratamiento adicional avanzado o cuaternario de las aguas residuales. El texto señala que, al menos, el 80% del coste de este tratamiento será asumido por los productores de medicamentos, cosméticos y productos de higiene personal mediante un sistema de responsabilidad ampliada del productor, conforme al principio de quien contamina paga.
En relación con la contaminación por nutrientes, el documento indica que se han actualizado los valores límite de emisión de nitrógeno y fósforo. También se modifican los umbrales de aplicación de forma que la reducción de estos nutrientes será obligatoria en todas las instalaciones que traten igual o más de 150.000 habitantes-equivalentes, con independencia de que viertan o no a zonas sensibles.
La directiva también introduce el objetivo de alcanzar la neutralidad energética para 2045 mediante el fomento del uso de biogás, las energías renovables y la mejora de la eficiencia energética. En materia de economía circular, la iniciativa incorpora medidas para fomentar la reutilización de las aguas residuales depuradas, especialmente en zonas con estrés hídrico, así como la reutilización, el reciclado y otros tipos de recuperación de recursos presentes en los lodos de depuradora, en particular fósforo y nitrógeno.
El documento sometido a consulta pública también contempla actuaciones relacionadas con la vigilancia epidemiológica de las aguas residuales, con el objetivo de mejorar los métodos de monitorización y reporte, así como medidas dirigidas a reforzar la gobernanza, la coordinación entre administraciones, la transparencia y la eficiencia en el uso de los recursos.
Además, prevé medidas para mejorar el acceso a los servicios de saneamiento para toda la población y, en particular, para las personas vulnerables y marginadas. Según expone el ministerio presidido por Sara Aagesen, "la transposición de la directiva requiere una norma con rango de ley debido a su contenido material y a sus efectos sobre el ordenamiento jurídico interno". Asimismo, el documento añade que la directiva introduce nuevas obligaciones de carácter económico para determinados sectores privados, en particular los sectores farmacéutico y cosmético, además de imponer obligaciones de especial relevancia a las entidades locales en materia de saneamiento y depuración.