La nueva ley de Contratación Pública prima el criterio de eficiencia sobre el del precio

<p>La transposición de la directiva europea de Contratación Pública permitirá incluir genéricos o biosimilares que se autoricen finalizado el plazo de presentación de ofertas.</p>

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J. Ruiz-Tagle Madrid | viernes, 24 de febrero de 2017 h |

La nueva Ley de Contratación Pública, resultante de la transposición de las directivas europeas, trae varias novedades que afectan al mercado de los medicamentos. Si bien no es una normativa exclusiva para estos últimos, los juristas han realizado una interpretación para que las compañías sepan a qué atenerse ante las nuevas herramientas que tiene la Administración. Una de las más importantes por el cambio de paradigma que supone es el cambio de criterios a la hora de valorar las ofertas. “Hay una nueva concepción de los criterios de valoración al entender que la oferta económicamente más ventajosa no es la de precio más bajo sino la de mejor relación coste/eficacia”, argumenta Sara Castelo, socio del bufete Tesera de Hospitalidad.

Junto a esta novedad, también nacen nuevos modelos de compra. Uno de los que afecta a la adquisición pública de medicamentos es el procedimiento de Sistema Dinámico de Contratación. “Este permite la incorporación de los medicamentos genéricos o biosimilares que se autoricen finalizado el plazo de presentación de ofertas”, añade Castelo. No es la única novedad que atañerá a los medicamentos biosimilares, que en los últimos tiempos han estado en el ojo del huracán por la insistencia de su incorporación por parte de las administraciones autonómicas para generar ahorros. “Hay una nueva regulación de los Acuerdos Marco en los que se posibilita que el prescriptor pueda tener a su disposición las diferentes alternativas del mercado”, sentencia la jurista, quien añade que, además, la normativa cuenta con “una nueva definición de los lotes lo que puede afectar, por ejemplo, a la configuración de los expedientes de medicamentos biotecnológicos”.

Junto a estas novedades, también destaca la arquitectura jurídica para dar sustento a los nuevos procedimientos de financiación que se han puesto de moda entre Administración e industria. “La ley cuenta con nuevos procedimientos que permiten la incorporación en los procedimientos de selección de los contratistas de figuras como los techos de gasto, los riesgos compartidos o los pagos por resultados”, explica Castelo. Por último, la jurista señala que la transposición conlleva “nuevas figuras contractuales que permiten a la Administración contratar resultados en salud a través de procesos de negociación”.