La Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid ya tiene fecha prevista de salida: el primer semestre de 2026

Fuentes de la Consejería de Sanidad han asegurado a EGF que "la flexibilización de horarios ya está contemplado en la Ley", teniendo en cuenta que haya "siempre" la presencia de "al menos un farmacéutico colegiado durante todo el horario de atención al público"

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El pasado 28 de julio se publicó en el Portal de Transparencia el trámite de audiencia e información pública del proyecto del nuevo decreto que desarrollará parcialmente la Ley 13/2022, de 21 de diciembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid. Fuentes de la Consejería de Sanidad han asegurado a El Globalfarma que "este nuevo marco normativo introduce importantes novedades que actualizan la atención farmacéutica en la Comunidad de Madrid".

Entre los cambios más relevantes, el texto contempla la flexibilización de horarios de funcionamiento de las oficinas de farmacia, con "franjas variables y ampliadas, siempre con la presencia efectiva de al menos un farmacéutico colegiado durante todo el horario de atención al público". Además, se redefine el sistema de guardias "con modalidades adaptadas al entorno territorial y mecanismos especiales para situaciones de emergencia sanitaria". También se regulan las vacaciones de forma que quede garantizada "la continuidad del servicio en todo momento".

Una de las principales innovaciones es la regulación integral de los Sistemas Personalizados de Dosificación (SPD), destinados a mejorar "la adherencia terapéutica y la seguridad en el uso de medicamentos". En ese sentido, el texto detalla los requisitos técnicos y sanitarios necesarios para su correcta elaboración. Como novedad "más relevante", se establece también "por primera vez" el marco normativo para la "dispensación con entrega informada en domicilio, tanto desde farmacias comunitarias como hospitalarias, previa solicitud del paciente y presentación de una declaración responsable por parte de la farmacia".

Desde la Consejería de Sanidad señalan que "ha salido a audiencia pública el decreto", pero recuerdan que este "se trata de uno más de los trámites administrativos", dejando claro que aún queda camino. El texto no es aún definitivo, ya que puede recibir "aportaciones" de personas o entidades interesadas hasta el próximo 19 de agosto. En este sentido, la previsión actual de la Consejería para su entrada en vigor es "el primer semestre de 2026", aunque recalcan que el calendario dependerá del desarrollo del proceso administrativo.

En cuanto a la dispensación domiciliaria, las mismas fuentes remarcan que "todas las farmacias podrían adherirse a esta medida siempre y cuando cumplan los requisitos específicos", siendo el principal que "la dispensación tiene que ser realizada por un profesional de la farmacia". Añaden que "no puede ser delegado en un mensajero o repartidor", ya que consideran que para productos farmacéuticos "debe haber una dispensación y entrega que cumpla todas las garantías, exactamente igual que si fuera en la farmacia".

Sobre la cuestión de los horarios, la Consejería confirmó a EGF que "la Flexibilización de horarios ya está contemplado en la Ley aprobada por la Asamblea de Madrid". Esto permitirá "un funcionamiento en franjas variables y ampliadas", siempre que se cumpla la condición de contar con "la presencia efectiva de al menos un farmacéutico colegiado durante todo el horario de atención al público".

Respecto a las guardias, el sistema también se ajustará al entorno territorial y contará con "mecanismos especiales para situaciones de emergencia sanitaria". En conjunto, el proyecto busca modernizar la atención farmacéutica, haciéndola más flexible, segura y adaptada a las necesidades reales de los pacientes madrileños.


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